Uno de los trámites obligatorios existentes es la declaración de impuestos mensuales y pagos tributarios regidos por el Decreto Ley Nº 825 es la declaración del Formulario 29. Se estipula que los contribuyentes que deben hacer este pago tributario mensual son personas naturales, jurídicas y otros entes sin personalidad jurídica, que realicen ventas, presten servicios o efectúen alguna operación que involucre los siguientes impuestos:
El F29 debe ser declarado con carácter obligatorio por todos los períodos tributarios, inclusive en aquellos en que no se tenga movimiento, por parte de todos los contribuyentes afectos a la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, como, por ejemplo, los que hayan realizado timbraje de documentos para operaciones afectas al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y que hayan efectuado, además, su primera declaración con movimiento de IVA, de acuerdo con lo establecido en los artículos 64° y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
¿Cuando se paga?
Todos estos impuestos deben ser pagados mensualmente, dentro de los primeros 12 días del mes siguiente al período tributario que se va a declarar y pagar. Para ello se debe utilizar el Formulario 29 de “Declaración y Pago Simultáneo Mensual”.
¿Donde y como ?
Actualmente, el sitio web del Servicio de Impuestos Internos entrega el beneficio de poder declarar y pagar el Formulario 29 el día 20 del mes siguiente del período tributario que se va a declarar, siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:
- Declarar y pagar Formulario 29 a través del sitio web del SII.
- Que la empresa esté operando en el Sistema de Factura Electrónica. Dirigido a empresas y personas incorporadas al “Sistema de Facturación Electrónica Portal MIPYME”.
- Que la empresa emita boletas de honorarios electrónicas sólo a través del SII en Internet.
- Para declarar y pagar el Formulario 29 de manera electrónica se debe acceder al sitio web del SII y llenar un “Formulario Electrónico”. Luego, ingresar el Rut del contribuyente y la clave secreta. Una vez dentro del sitio, se debe acceder al “Menú IVA” donde se podrá elegir, entre las opciones que aparecerán, el Formulario 29, el que debe ser llenado y enviado a través de la opción “Enviar”.
- Si el interesado prefiere declarar y pagar el Formulario 29 a través de un banco o institución financiera, deberá comprar un formulario en los quioscos de diario del país, o solicitarlo en las oficinas del SII presentando su cédula de identidad. Una vez llenado el formulario debe dirigirse al banco o a la institución financiera y entregarlo junto con el dinero al contado o con cheque.
Igualmente es importante saber que la Consulta Integral F29 es una opción que permite consultar el estado actual de las declaraciones mensuales y pagos simultáneos de impuestos (Formularios 29) presentadas, ver si existen diferencias detectadas por el Servicio en base información propia o de terceros, y saber a qué se deben y cómo poder resolverlas. ¡Contáctanos y trabajemos juntos!