Comenzaremos por precisar que permite a extranjeros contratados por una empresa constituida legalmente en Chile obtener la visa de residencia sujeta a contrato de trabajo titular, documento que tiene una duración máxima de dos años.
Permite solicitar autorización para realizar actividades remuneradas exclusivamente con el empleador con el cual se suscribió el contrato de trabajo que dio origen a su permiso de residencia.
Las empresas contratantes con esta modalidad de visa deben saber que dentro de los 90 días anteriores al vencimiento de la misma, deberán notificar al contratado su necesaria permanencia durante dos años de residencia en el país y no registren durante el último año más de 180 días de ausencia del país.
Caso de los dependientes con esta visa
Pueden traer a su cónyuge, hijos, o padres en calidad de dependientes, es decir, dependen económicamente del titular. Al tener la calidad de dependientes no estarán autorizados para trabajar en Chile.
¿Cuándo vence o caduca?
Esta Visa caduca desde el momento en que se pone término a la relación contractual por cualquiera de las partes, luego de lo cual el beneficiario de la visa tiene 30 días para presentar una nueva solicitud de residencia, acompañando el finiquito que le otorga la empresa que lo había contratado, el cual debe estar legalizado y ratificado por ambas partes ante notario, y un nuevo contrato de trabajo. De no cumplir con lo anterior se comete infracción a la normativa legal vigente.
¿Cómo se procesa una prórroga?
Podrá ser solicitada por todos los ciudadanos extranjeros que siendo poseedores de una Visa Sujeta a Contrato, continúen trabajando con el mismo empleador. Debe solicitarla dentro de los 90 días antes del vencimiento de la Visa de la que es titular y se puede prorrogar por períodos iguales. La renovación se debe gestionar en el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Si durante la tramitación de su visa la persona a contratar ha cambiado de empleador, debe solicitar una ratificación por cambio de empleador.
Para casos donde la residencia del titular está en trámite o hubiese sido otorgada con anterioridad. Este permiso de residencia habilita a su poseedor sólo a residir en el país, por ningún motivo lo autoriza a realizar actividades remuneradas.
¿Qué porcentaje de extranjeros puede contratar una empresa en Chile?
El Código del Trabajo establece que 85%, a lo menos, de los trabajadores que sirvan a un mismo empleador será de nacionalidad chilena. Es decir, el porcentaje de trabajadores extranjeros permitidos por empresa es un 15%. Se exceptúa de esta disposición el empleador que no ocupa más de veinticinco trabajadores.
La inmigración es un fenómeno permanente y creciente, y el actual límite legal de contratación de extranjeros por empresa debe adecuarse a esta situación. De allí que sea tan importante que las empresas se asesoren para poder enmarcarse en lo que la norma establece. En JR Consultores te asesoramos sobre cuáles son las reglas a aplicar para computar este porcentaje y otros temas para tu empresa o emprendimiento. ¡Contáctanos!
Fuente: www extranjeria.gob.
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