Es frecuente que al momento de comparar los registros de los inventarios en las empresas contra la real existencia de ellos, se encuentren diferencias que impactan en la contabilidad, es por eso que debe existir un tratamiento tributario especial cuando esto sucede y en JR Consultores intentaremos explicarlo de la forma más simple posible:
Nótese, como la norma es clara al establecer notoriamente que la disminución por faltantes de mercancías (inventario) afecta la base gravable del impuesto de renta.
Es importante indicar que en JR Consultores contamos con especialistas que te ayudaran y guiaran sobre cuáles son esos casos en los que obligatoriamente se debe informar al SII y de qué manera debe ser manejado desde el punto de vista tributario estos faltantes.
En JR Consultores te asesoramos sobre el tratamiento que se debe dar a los inventarios de mercancías ya que ello tendrá repercusiones, a nivel de Impuestos sobre la Renta y en general sobre las Ventas. Es importante por tanto, estar al día con las nuevas Resoluciones emitidas por el Servicio de Impuestos Internos, con el fin evitar sanciones que perjudiquen el resultado de la empresa.