El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó una serie de medidas tributarias por incendios en Bio Bío y Ñuble, orientadas a apoyar a personas, empresas y contribuyentes afectados por la emergencia provocada por los incendios forestales. Estas disposiciones buscan facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias y aliviar la carga financiera en las zonas impactadas.
SII informa condonación de multas e intereses tributarios
Dentro de las medidas tributarias por incendios en Bio Bío y Ñuble, el SII estableció la condonación automática de multas e intereses asociados al pago fuera de plazo del IVA y otros impuestos mensuales.
Esta medida aplica a los contribuyentes que presenten sus declaraciones mensuales (Formulario 29 y 50) a través de los canales electrónicos del SII, y se mantendrá vigente hasta el 28 de febrero de 2026, sin necesidad de realizar trámites adicionales.
Comunas beneficiadas por las medidas tributarias por los incendios en Bio Bío y Ñuble
Las medidas tributarias por incendios en Bio Bío y Ñuble están dirigidas a contribuyentes domiciliados o con actividades en las comunas afectadas por la emergencia, entre ellas:
Región de Ñuble:
El Carmen, Quillón, Coelemu, San Ignacio, Pinto, San Fabián, Coihueco, San Nicolás y Ránquil.
Región del Bio Bío:
Laja, Florida, Concepción, Penco, Tomé, Coronel y Santa Juana.
Beneficios tributarios adicionales informados por el SII
Junto con la condonación de intereses y multas, el SII informó otras medidas tributarias por incendios en Bio Bío y Ñuble, entre las que se incluyen:
Reconocimiento como gastos necesarios para producir renta de los desembolsos destinados a prevenir, controlar o mitigar los efectos de los incendios.
Facilidades para acreditar pérdidas de inventarios, activos o mercaderías producto de la emergencia.
Condonación de multas asociadas a la pérdida de libros contables o documentación tributaria, cuando esta sea consecuencia directa de los incendios.
Aplicación de beneficios tributarios a donaciones efectuadas en el contexto de la catástrofe, conforme a la normativa especial vigente para situaciones de emergencia.
Qué deben considerar los contribuyentes afectados
Las medidas tributarias por incendios en Bio Bío y Ñuble no eximen de la obligación de declarar, pero sí entregan flexibilidad y alivio financiero en un contexto excepcional. Para acceder a estos beneficios, los contribuyentes deben mantener sus declaraciones al día y utilizar los canales formales dispuestos por el SII.
Desde una perspectiva de gestión, es clave evaluar correctamente el impacto tributario de la emergencia, respaldar adecuadamente las pérdidas y aplicar los beneficios conforme a la normativa vigente.
Información oficial y carácter informativo
Este contenido se basa en información oficial publicada por el Servicio de Impuestos Internos. Para revisar el detalle normativo, resoluciones y circulares asociadas a estas medidas tributarias por incendios en Bio Bío y Ñuble, se recomienda consultar directamente los canales oficiales del SII.
En Auditeris seguimos atentos a las disposiciones oficiales y a las medidas tributarias por incendios en Bio Bío y Ñuble informadas por el SII, con el objetivo de mantener informados a nuestros clientes y a las empresas de la zona sobre los impactos tributarios y administrativos asociados a situaciones de emergencia.


