Nueva Normativa en la Descripción de Documentos Tributarios

Este 1 de julio 2024 entrará en vigencia la resolución 36 del 15.03.2024 publicada por el Servicio de Impuestos Internos, la cual rige sobre la descripción de documentos tributarios.

¿Qué implica esta nueva resolución?

Mediante esta resolución el SII viene a normar la forma de detallar los productos o servicios en las líneas de descripción, por tanto, será necesario detallar el contenido de las facturas, notas de crédito, notas de débito, guías de despacho, facturas de compra y liquidación facturas, en la “sección de detalle” en los documentos tributarios mencionados.

¿Qué características debe tener la descripción?

Con esto, deberán siempre realizar la descripción en el campo “Nombre del Ítem” o “Nombre Producto”, de la sección “Detalle”, de manera clara, en términos formales y explícitos, sin ambigüedades o imprecisiones, la descripción de los productos que se están vendiendo, o los servicios que se están prestando, evitando abreviaturas que dificulten su adecuada comprensión; ello sin perjuicio de que se incluyan codificaciones de uso interno.

En caso que la referida descripción sobrepase los 80 caracteres, se deberá continuar con el desglose en el campo “Descripción Adicional” o “Descrip.” de la misma línea informativa.

¿Qué ocurre si no cumplo con esta nueva normativa?

El incumplimiento de esta normativa, será sancionado según el art.97 N°10 del Código Tributario (sanción del 50% al 500% de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA, puede llegar hasta clausura de hasta 20 días del establecimiento que hubiere cometido la infracción).

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