Queremos informar con mayor claridad quienes son las empresas que pueden postergar el pago del impuesto renta (F22) hasta el 31.07.2020, acorde las medidas tributarias adoptadas dada la contingencia sanitaria.
Según lo que señala el SII, pueden optar todas las Pymes, pero es importante aclarar este punto;
“El decreto 420/2020 señala que pueden prorrógase hasta este plazo, los contribuyentes que cumplan los requisitos para acogerse al nuevo régimen del artículo 14D de la LIR.”
¿Entonces quienes pueden estar en el 14D (nuevo régimen)?
Aquellos contribuyentes que cumplan los siguientes requisitos copulativos:
- Empresas que el promedio de ingresos de los últimos 3 años, no excedan las 75.000 UF (MM$2.123), (para computar el ingreso, se deben sumar los ingresos de las relacionadas)
- De este ingreso, no deben exceder el 35% de ingresos por Retiros / dividendos percibidos (de este límite se entiende que las sociedades de inversión que sólo reciben utilidades de una operativa, no pueden pertenecer a este régimen)
- Cualquier tipo jurídico (EIRL, Limitadas, SpA, S.A.)
¿Como saber mi nivel de ventas?
Pueden ver de una manera rápida el ingreso de los últimos 3 años en la pagina web de Impuestos internos , accede siguiendo los siguientes pasos:
- Accede a www.sii.cl
- Luego en Servicio online
- Peticiones Administrativas y otras Solicitudes
- Regímenes tributarios
En JR Consultores contamos con especialistas en esta y otras materias, con nuestra experiencia sabemos que podemos ser de gran ayuda y asi puedas tomar las mejores decisiones frente a la crisis sanitaria y contingencias, te invitamos a contactarnos y trabajar juntos.
Si necesitas una Asesoría especializada contactanos estaremos felices de poder ayudarle.
Fuente: SII (Servicio de Impuestos Internos)