Residencia Temporal o Permanencia Transitoria para Inversionistas Extranjeros

Residencia Temporal para inversionistas extranjeros

La Residencia Temporal o Permanencia Transitoria para Inversionistas Extranjeros se otorga a aquellos extranjeros que acrediten tener vínculos de familia o interés en el país y cuya residencia se estime útil y conveniente. En términos generales permite realizar en Chile cualquier actividad, sin más limitaciones que las establecidas por las leyes, siempre que la subcategoría migratoria a que se acoja así lo permita. Se entrega -por regla general- por un período máximo de dos años.

¿Quien podrá solicitar el Permiso de Residencia Temporal o Permanencia Transitoria?

Podrán solicitar este permiso las personas extranjeras, que sean representantes legales, que desempeñen funciones de gerencia o alta dirección en una empresa extranjera, que busquen invertir en Chile. Esto deberá ser por un monto igual o superior a quinientos mil dólares de EEUU o su equivalente en otras monedas, la condición es que dicha inversión debe tener por objetivo la producción de bienes o servicios.

¿Cómo y dónde se realiza la solicitud de Residencia Temporal?

La solicitud del permiso de Residencia Temporal o Permanencia Transitoria para Inversionistas Extranjeros deberá realizarse desde el extranjero mediante la plataforma electrónica dispuesta por el Servicio de migraciones http://tramites.serviciomigraciones.cl

Asimismo, se podrán efectuar dentro del territorio nacional y a través de la plataforma electrónica del Servicio Nacional de Migraciones, las solicitudes de quienes ya tengan la condición de titular de un permiso de residencia temporal y deseen cambiar de subcategoría migratoria, prorrogar la misma, o cambiar la calidad del permiso de residencia en el caso de los dependientes.

¿Qué requisitos deben cumplir los inversionistas o personal relacionado?

  • Pasaporte o documento de identificación.
  • Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años (mayores de edad).
  • Carta de Patrocinio entregado por la Agencia de Promoción de Inversión Extranjera (INVESTCHILE).
  • Documento que señale los detalles de la inversión, indicando al menos el objeto de la misma y el monto, y la naturaleza de las funciones según corresponda.

¿Qué aspectos debo considerar para la solicitud de Residencia Temporal o Permanencia Transitoria?

  • El pasaporte debe tener una vigencia no inferior a un año desde la fecha en que se realiza la solicitud (para las solicitudes realizadas fuera del país).
  • Los documentos emitidos en cualquier idioma distintos del español y el inglés deben ser traducidos y legalizados por el Consulado respectivo.
  • Todo documento emitido en el exterior o por la respectiva representación consular en Chile, debe estar apostillado o debidamente legalizado, según lo estipulado en los artículos N°345 y 345 bis del Código de Procedimiento Civil.
  • Los documentos emitidos por privados deberán ser presentados dentro de los 30 días contados desde la fecha de emisión. Aquellos emitidos por instituciones y organismos públicos deberán ser dentro de los 60 días contados desde la fecha de emisión, salvo que en el mismo conste una vigencia distinta de la señalada.

¿Existe posibilidad de prórroga?

Los extranjeros titulares de un permiso de Residencia Temporal correspondiente a la subcategoría regulada de Inversionistas podrán solicitar una prórroga del mismo, adjuntando para ello en su solicitud los documentos que den cuenta del progreso en la materialización de la inversión comprometida, además de los siguientes antecedentes:

  1. Carpeta tributaria electrónica correspondiente a la empresa o sociedad respectiva.
  2. Comprobante de pago de la patente municipal correspondiente al periodo en que se verifica la solicitud, en los casos que procediere.
  3. Documentos que den cuenta del vínculo contractual existente entre la empresa y el solicitante, que además permitan acreditar la existencia de una renta asociada, debidamente apostillados o legalizados según corresponda.

Permanencia Transitoria (Ex VISA Turismo)

Los permisos de residencia o de permanencia son aquellos que permiten a los extranjeros ingresar y permanecer en un país por un periodo determinado.

¿Qué requisitos debe cumplir un extranjero que ingrese con permiso de permanencia transitoria?

No requerirá autorización previa o visa para el ingreso y estadía en Chile, quien lo haga en calidad de titular de un permiso de Permanencia Transitoria. Ello sin perjuicio de aquellos casos en los que sea procedente exigir a los nacionales de determinados países una autorización previa o visa otorgada por un consulado chileno en el exterior.

Los titulares de permiso de permanencia transitoria que se encuentren en el país no podrán modificar su situación migratoria y postular a un permiso de residencia, salvo excepciones. 

Sin perjuicio de las exigencias que se establezcan para cada subcategoría, todo extranjero que ingrese a Chile en calidad de titular de Permanencia Transitoria deberá acreditar los medios lícitos de subsistencia que permitan su permanencia en el país.

¿Cuál es el plazo de estadía en el caso de permanencia transitoria?

El plazo de permanencia transitoria será de 90 días como máximo, sin embargo, se podrá prorrogar dicha permanencia, el periodo adicional es de 90 días más. Dicho trámite se realiza previo al vencimiento del permiso de permanencia transitoria contemplado en la tarjeta única migratoria. Tiene un costo de 100 dólares estadounidenses.

Si requieres una asesoría respecto a la Residencia Temporal o Permanencia Transitoria para Inversionistas Extranjeros u otros temas, contáctanos y con gusto evaluaremos la mejor solución para ti.