Hoy les hablaremos de las nuevas disposiciones tributarias que obligan a los contribuyentes a ser facturadores electrónicos. Con esta nueva regla es necesario que las empresas incorporen dentro de sus costo un sistema que le permita cumplir a cabalidad lo que dispone la ley Nº 20.727 y que obliga a los contribuyente a emitir documentos tributarios electrónicos, DTE, en reemplazo de los documentos tributarios fisicos.
- Los DTE que la ley obliga a emitir de forma electrónica son:
- Facturas afectas y exentas.
- Facturas de compra.
- Liquidaciones factura.
- Notas de débito
- Notas de crédito.
- Tener inicio de actividades vigente
- Ser contribuyente de Primera Categoría, Art 20 de la Ley de Impuesto a la Renta.
- Permite verificar en línea la validez de documentos tributarios electrónicos.
- Ahorro en costos de impresión, tiempo, traslados, despacho y almacenamiento de documentos tributarios.
- Eliminación de riesgo de pérdida de documentos tributarios físicos.
- Evita el trámite de autorización de documentos tributarios (timbre) en las oficinas del SII.
- Es gratuita para los contribuyentes que optan por el Sistema de Facturación Gratuito del SII.
- Permite aplazar la declaración y pago del IVA desde el día 12 al 20 de cada mes (al realizar el pago por Internet).
- Libera de algunas obligaciones tributarias (por ejemplo, realizar Declaraciones Juradas por cambio de sujeto, Declaraciones Juradas de IVA 3327 y 3328).
- Verificar que el representante legal de la empresa no tiene situaciones tributarias pendientes.
- Comprar un certificado digital a nombre del representante legal de la empresa (Costo de $28.332-. IVA Incluido con duración de 3 años).
- Solicitar habilitación de la empresa como facturador electrónico.
- Instalar el certificado digital desde el PC o notebook desde el cual se emitirán los DTE.
- Comenzar a emitir los DTE.