Sociedades Anónimas Abiertas deben registrarse en la CMF

Para conocer sobre las Sociedades Anónimas Abiertas, debemos recordar: 

¿Qué es una sociedad anónima? 

Es una sociedad mercantil de capital, en la que las acciones se dividen en partes proporcionales y en la que los socios no responden personalmente de las deudas sociales. 

Las sociedades anónimas pueden ser de dos clases: abiertas o cerradas.

Las sociedades anónimas abiertas son las que buscan obtener financiamiento para constituir su capital fundacional o aumentar su capital a través del ahorro público. Tienen como objetivo tener un gran número de accionistas que participen con acciones negociables en la bolsa, lo que significa que circulará una gran cantidad de capital.

¿Qué requisitos debe cumplir la Sociedad Anónima Abierta?

  • Estar inscritas en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), lo que permite ser fiscalizada por la misma entidad.  
  • Hacer oferta pública de sus acciones en conformidad a la Ley de Mercado de Valores.
  • Tener 500 o más accionistas.
  • A lo menos el 10% de su capital suscrito debe pertenecer a un mínimo de cien accionistas.
  • El capital de la empresa está dividido en acciones y consiste en aportes de capital de los socios, que pueden ser bienes y/o efectivo.

¿Qué implica ser fiscalizada por la CMF?

  • Pertenecer a un registro público, obligándose a proporcionar información sobre aspectos históricos, legales, financieros, contables y administrativos que son de interés para cualquier inversionista.
  • Que la información requerida sea presentada en forma homogénea, lo que facilita el análisis y comparación entre las distintas sociedades fiscalizadas.
  • Cumplir con las leyes, reglamentos, normas de carácter general y circulares, vigentes para la sociedad anónima.
  • Que la información requerida por la CMF esté disponible para el accionista y público en general en las oficinas de la CMF, en la empresa, en las bolsas de valores y sus respectivos sitios web.

El plazo para inscribirse a la CMF es de 60 días, desde que cumpla con alguno de los requisitos anteriores, conforme a la Ley N°18.045 del Mercado de Valores.

 

Administración de la Sociedad Anónima Abierta

Uno de los requisitos para formar una sociedad anónima abierta es que debe tener una jerarquía empresarial compuesta por una Junta General de Accionistas, un Consejo de Administración y una Dirección. El número mínimo de directores deben ser 5. En caso de que la sociedad tenga un patrimonio bursátil igual o superior a 1.500.000 unidades de fomento, el número mínimo de miembros en el directorio deben ser 7. Todos ellos deben ser elegidos por la Junta de Accionistas.

Derecho a retiro

El accionista disidente, aquel que se opone al acuerdo o que no concurra a la junta y manifieste su disidencia por escrito a la sociedad dentro del plazo legal tiene derecho a recibir el pago por la sociedad. En este caso será el precio valor del mercado de la sociedad. 

 

Repartición de Dividendos

A diferencia de las Sociedades Anónimas Cerradas, las abiertas se encuentran obligadas por ley a repartirse dividendos. Se establece que si existe utilidad líquida en el ejercicio debe repartirse a los accionistas al menos el 30% de la misma, vía dividendos. 

Diferencias entre Sociedades

 


Es importante mencionar que esta publicación ha sido preparada como un informativo general y no representa el caso de una persona, empresa o grupo empresarial específico.

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