Ley de protección a la maternidad, paternidad y vida familiar

¿En qué consiste la Ley de protección a la maternidad, paternidad y vida familiar?

La ley 21.645 consta de un artículo único que establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo para todos los trabajadores y trabajadoras que tengan a su cuidado menores de catorce años, o a una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, este último sin importar la edad. 

¿Cómo se implementa esta nueva normativa?

  • 1) La persona trabajadora deberá presentar su requerimiento por escrito, y formulando una propuesta en la que se contenga la combinación fija de tiempos de trabajo presencial en las instalaciones de la empresa, y de tiempos de trabajo fuera de ellas, pudiendo distribuir tiempos presenciales y a distancia durante la jornada diaria o semanal.
  • 2) El empleador deberá dar su respuesta dentro de los quince días siguientes a la presentación, pudiendo ofrecer una fórmula alternativa o rechazar la propuesta. En este último caso deberá acreditar que las funciones del colaborador no permiten la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo.
  • 3) Si la persona trabajadora requiere realizar una modificación a la distribución establecida, deberá dar aviso por escrito al empleador con una anticipación mínima de treinta días.
  • 4) Por causa sobreviniente, se podrá volver a las condiciones originalmente pactadas en el contrato de trabajo, conforme a la ley.
  • 5) La identificación del trabajo de cuidado no remunerado de la persona trabajadora y la fórmula de combinación de tiempos de trabajo presencial en establecimientos de la empresa, y de tiempos de trabajo fuera de ellas, deberá constar en un anexo del contrato de trabajo.

¿Desde cuándo comienza a regir esta ley?

La ley comenzó a regir el 29 de enero del presente año. 

¿Qué cambios considera en relación al feriado legal?

Los trabajadores que tienen bajo su cuidado a menores de 14 años, en discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, tendrán preferencia para el uso del feriado legal durante el periodo de vacaciones escolares establecidas por el Ministerio de Educación. En estos casos, el trabajador trabajadora deberá realizar la solicitud con a lo menos 30 días de anticipación, acompañado del certificado de nacimiento que acredite la filiación respecto del menor.

¿Esta ley beneficia solamente a la madre? 

No, la ley busca promover la igualdad de oportunidades y de trato entre las mujeres y hombres, en la idea de preservar tanto la salud y bienestar de los niños y niñas como el de sus progenitores. 

Se recomienda a los empleadores revisar y analizar esta ley y conforme a la realidad de la empresa, además de realizar los cambios y actualizaciones del contrato de trabajo y el reglamento interno; evitando asi multas por parte de la autoridad administrativa. 

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